todo contribuyente que en ejercicio de sus actividades comerciales, industriales, profesionales o similares esté obligado a expedir factura o documento equivalente, está obligado a adoptar equipos fiscales, salvo los exceptuados explícitamente en la Ley 8 de 2010, informó la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Los usuarios deberán adquirir únicamente las marcas y modelos certificados por la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG) y aprobados por la DGI, que sean comercializados por distribuidores, fabricantes o importadores autorizados por la DGI mediante Resolución.